LICENCIAS Y PERMISOS

 LICENCIAS
Artículo 109º.- 
Entiéndase por licencia a la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días.  El  uso del derecho de licencia se inicia a petición de parte y está condicionado a la conformidad institucional.  La licencia se formaliza por resolución.

 Artículo 110º.- Las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores son:
 a) CON GOCE DE REMUNERACIONES:     
 - Por enfermedad.     
 - Por gravidez.
- Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos.    
 - Por capacitación oficializada.
- Por citación expresa: judicial, militar o policial.
- Por función edil de acuerdo con la Ley Nº 23853.
b) SIN GOCE DE REMUNERACIONES:
 -  Por motivos particulares; 
-   Por capacitación no oficializada.
  c) A CUENTA DEL PERIODO VACACIONAL
-  Por matrimonio.
-  Por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos.
Artículo 111º.- 
La licencia por enfermedad y gravidez se otorga conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 22482 y su Reglamento. 
Artículo 112º.
- La licencia por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos se otorga por cinco días en cada caso, pudiendo extenderse hasta por tres días más cuando el deceso se produce en lugar geográfico diferente donde labora el servidor.


PERMISOS

Artículo 106º.- 
Los servidores, en casos excepcionales, debidamente fundamentados, pueden solicitar permiso a la autoridad respectiva  para ausentarse por horas del centro laboral durante la jornada de trabajo.  Los permisos acumulados durante un mes, debidamente justificados, no podrán exceder del equivalente a un día de trabajo.
Artículo 107º.- 
Los servidores tendrán derecho a gozar de permisos para ejercer la docencia universitaria hasta por un máximo de seis horas semanales, el mismo que deberá ser compensado  por el servidor.  Similar derecho se concederá a los servidores que sigan estudios superiores con éxito.
Artículo 108º.- 
Las servidoras, al término del período post-natal, tendrán derecho a una hora diaria de permiso por lactancia hasta que el hijo cumpla un año de edad.


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